DEPARTAMENTO  DE   IDENTIFICACIONES
      Avenida Guido Boggiani e/ R. I. 2 Ytororó
  Teléfonos:   (595 21) 605-618/ 9


 

La creación del  GABINETE  DE IDENTIFICACIONES, que luego será  El DEPARTAMENTO  DE  IDENTIFICACIONES,  se produjo  en los primeros  meses  del  año  1906,  entonces en el Paraguay no se expedía aún la Cédula de Identidad,  pero sí el Pasaporte y el Certificado de Buena Conducta. Luego se empezaron a registrar los Agentes Conscriptos, guardia cárceles y  los de la seguridad personal.

Recién el 28 de septiembre de 1921 comenzó la expedición de Cédulas de Identidad.

En esos tiempos no existía una reglamentación oficial para la expedición de las Cédulas de Identidad. El 14 de octubre de 1921 se reglamentó su expedición, según Resolución Nº 432, de la  misma fecha, por la cual se determinaba las atribuciones y prohibiciones, documentos que se  podía expedir las condiciones de expedición, mecanismos y otros. Dicha Resolución no tenía términos de expedición, mecanismos y otros.

Tampoco no definía término de duración del documento. Luego la Resolución Nº 1, de la Jefatura de Policía del 19 de enero de 1926 establece la  Sección  Identificación  en  las  Comisarías  1º, 2º,  3º,  con  el  objeto  de descongestionar  el  Gabinete  de  Identificación  del  Departamento  Central de  Policía. La  Resolución Nº 303, de la Jefatura de Policía, emitida el 22 de mayo de 1936, establece la obligatoriedad de la tenencia  de  la CEDULA  DE  IDENTIDAD a  todos  los ciudadanos  extranjeros  radicados  en  el  país  y  los  que  posteriormente  llegaren.

La Resolución  Nº 343 del 12 de noviembre de 1941, firmada por el  Tte. Cnel. Mushuito  Villasboa,  Jefe  de  Policía,  dispone  la  duración  de la Cédula de Identidad  a  5 años, a  contar desde la  fecha de su expedición.

Finalmente, desde el 22 de mayo de 1990, el  Dpto. de Identificaciones de  la  Policía Nacional,  es la única  dependencia  que se  encarga a expedir dicho documento  en  toda  la República  y  también  determina  la  validez  de  la CEDULA  DE  IDENTIDAD  CIVIL. Todas esas facultades otorgadas por la Ley  Nº  03/90 del Congreso Nacional.  Dicha  Ley  vigente  se  encuentra refrendado por General Andrés Rodríguez, entonces  Presidente  de  la  República, la cual en  su artículo 1º establece que todas las Cédulas  de Identidad Civil,  tendrán de pleno derecho una validez de 10  años,  a partir de la fecha de la expedición  de  la misma.    

ACTUALMENTE  SUS FUNCIONES SON:

El Departamento de Identificaciones es el organismo técnico científico que se encarga de la identificación de las personas, le corresponde:

1. Registrar en los prontuarios la filiación y antecedentes de las personas.

2. Expedir a todos los habitantes del país documentos de identidad personal, pasaportes,     certificados de antecedentes y otros.

3. Llevar el registro de los extranjeros residentes.

4. Entrenar al personal para el perfeccionamiento técnico profesional en la materia.

5. Coordinar con la Dirección General del Registro Civil de las Personas, en lo referente     a  nacimientos   y   de  funciones.

 

 ESTAMOS A SUS ORDENES ESCRÍBANOS:    policia.paraguay@gmail.com